miércoles, 6 de mayo de 2009


N@CI MUJER

Cuantas veces hemos escuchado a lo largo de nuestra vida frases como,
“No haces nada", "Estás todo el día en casa", "La plata es mía porque yo la gano", "Sos una puta", "Tus amigas son todas unas locas", "Sos igual que tu madre", "Sin mí no podes hacer nada". Durante años, nos han repetido estas palabras que nos descalifican como mujeres, que terminan haciéndonos sentir como el maltratador dice que somos.

Nos volvemos melancólicas, desconfiadas, apagadas, la alegría nos dura poco, nos sobresaltamos en la noche, despertamos con un susto, sentimos que nos robaron algo, algo muy de adentro, algo de nuestro ser, la sonrisa ya no es la misma y a veces, sentimos que nos persiguen, aunque realmente no estén haciéndolo. Sin embargo, esto es lo mejor de todo, la valentía no es la ausencia de miedo, es que a pesar del miedo, pudimos afrontar nuestra situación atreviéndonos a romper con el agresor y a que este sienta en lo profundo de su mismo ser que no se lo vamos a permitir nunca mas y que no se le ocurra ni siquiera intentarlo. Sin violencia, sin insultos, solamente cuando le hemos transmitido de forma clara, que hay un espacio que no puede traspasar. No es fácil, parece hasta imposible a veces, pero es posible y cuando esto ocurre, nos aplaudimos, nos mimamos, nos sentimos con la autoestima de una campeona y nos vamos a caminar sintiendo el viento fresco en la cara, una tierna brisa que ahora evapora las lágrimas. Es volver a nacer para una misma, y esa alegría no se compara con nada.
Y no me daba cuenta de mi grandeza como ser humano, NACI MUJER.

La violencia domestica no es solo un tema de desigualdad entre hombres y mujeres, es un tema de poder, de la superioridad que una persona se cree con derecho a tener sobre otra y la satisfacción que obtiene sometiéndola, mas allá de que sea mujer o niño.
Esto es un circulo, en donde no es tan fácil escapar si tenemos en cuenta que no siempre media el maltrato en las relaciones, sino el arrepentimiento, las lagrimas, la recompensa, la promesa de cambio del agresor, y lamentablemente después de la reconciliación y un falso estado de calma, otra vez la violencia. No nos olvidemos que el agresor necesita tener a quien someter para sentirse complacido.

Es importante que la sociedad asuma que es un problema de todos y mas allá de que por muchos años se enfoco como un problema puertas adentro, del ámbito de lo privado, lo cual hizo que muchas veces hiciéramos la vista gorda ante lo acontecido a nuestra vecina, una mujer golpeada, es una mujer en peligro, que necesita mas que nunca de nuestra ayuda, de las redes que todos podemos construir para salvarla.


La Nueva Ley Nacional Nº 26.485, DE PROTECCION INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS AMBITOS EN QUE DESARROLLEN SUS RELACIONES INTERPERSONALES, incluye en el art.6º estas modalidades:
a) Violencia doméstica contra las mujeres: aquella ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar, independientemente del espacio físico donde ésta ocurra, que dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia;

b) Violencia institucional contra las mujeres: aquella realizada por las/los funcionarias/os, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley. Quedan comprendidas, además, las que se ejercen en los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil;

c) Violencia laboral contra las mujeres: aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de embarazo. Constituye también violencia contra las mujeres en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento psicológico en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral;

d) Violencia contra la libertad reproductiva: aquella que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos, de conformidad con la Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable;

e) Violencia obstétrica: aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley 25.929.

f) Violencia mediática contra las mujeres: aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres.

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